El Estado dominicano, a través de la Presidencia de la República; la Comisión Aeroportuaria y la empresa Aeropuertos Dominicanos (Aerodom), están acusados de violar el derecho de propiedad de una familia, que alega ser la propietaria de los terrenos donde está ubicado el Aeropuerto Internacional Las Américas José Francisco Peña Gómez.
Los herederos del finado Agustín Reyes O Ben, a cuyo nombre está registrada una porción de terrenos en el lugar donde está ubicada la torre de control del aeropuerto, presentaron una acción de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante la cual piden que ordene la desocupación de 27,034.56 metros cuadrados de la parcela número 613 del Distrito Castratal número 32 y la entrada en posesión por parte de sus legítimos propietarios.
La acción de amparo, que será conocida el próximo lunes por la primera sala del TSA, fue presentada por los hijos del difunto Agustín Reyes O Ben, los señores Pedro Reyes, Mario Pérez y Ramón Pérez, a través del abogado Fabio Caminero Gil.
Los reclamantes piden al TSA condenar al Estado dominicano, a la Comisión Aeroportuaria y a Aerodom, al pago de un astreinte de 200 mil pesos por cada día de retardo en el cumplimiento de la sentencia a intervenir, contados a partir de la notificación.
Los sucesores de Reyes O Ben alegan que la familia tuvo que abandonar la propiedad en 1955, porque las autoridades le requirieron salir, de forma dictatorial, bajo el argumento de que el dictador Rafael L. Trujillo Molina, les había expropiado sus tierras.
Los terrenos fueron expropiados mediante el decreto número 1159, del 19 de septiembre de 1955, pero según los reclamantes, desde ese entonces no han tenido el disfrute de su propiedad, ni tampoco han recibido el pago justo, ni beneficio alguno por los frutos generados.
“La realidad jurídica es que la tierra pertenece a personas que ni han sido resarcidas en sus derechos, y ni siquiera el Estado ni Aerodom han manifestado interés en ello”, expresó Caminero Gil.
Al no cumplir con el requisito constitucional del pago previo y justo, el abogado afirma que el Estado nunca ha adquirido derecho de propiedad sobre los terrenos expropiados, y por lo tanto no puede exhibir la calidad de propietario, ni beneficiarse de los mismos. Tampoco beneficiar a terceros.
En la acción de amparo, los reclamantes dicen que a sabiendas de que los terrenos no eran de su propiedad, el Estado, en la pasada gestión, procedió a licitar y concesionar esos terrenos y lo que en ellos está construido, a la empresa privada Aerodom.
Caminero Gil dijo que los herederos ya fueron determinados por un tribunal, con una sentencia definitiva, y estableció que ellos son los únicos herederos y le distribuyó a cada uno lo que les corresponde
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